Sisufres un accidente laboral lo primero que has de hacer es, tras pedir a la empresa el volante de asistencia para que puedas ser visto por la Mutua, acudir a ésta, y ellos se harán cargo de tu proceso hasta el alta médica o hasta que consideren que tus patologías son de origen común (salvo que la empresa tenga concertadas con la Mutua
Esteartículo está centrado en el control que puede realizar las mutua en las bajas por contingencias comunes que son tramitadas, en cuanto a la emisión del alta y de la baja,
Sise trató de una licencia por algunos días la impugnación debe hacerse mediante la mutua un procedimiento de impugnación del alta médica, que te otorgará algunos días más de baja. En el caso de una licencia de más de 365 días se realizará mediante el INSS con un procedimiento de disconformidad, que también te otorgará algunos días extras.
Ahorabien, la obligación del trabajador de acudir a su puesto de trabajo tras recibir el alta médica dentro de los primeros 365 días tras el accidente laboral podría suspenderse, siempre y cuando el trabajador presente ante el INSS una solicitud de REVISIÓN DEL ALTA MÉDICA en el plazo de 10 días hábiles siguientes al de su notificación (art. 4 RD
Qué hacer si la mutua me quiere dar el alta? Si tu mutua te quiere dar el alta, pero tú no te encuentras en condiciones de trabajar, debes acudir a tu médico de cabecera o el especialista que te haya dado de alta para que te haga un informe en el que se especifique que no estás capacitado para trabajar. Con este informe, deberás acudir a
Laempresa o el trabajador por cuenta propia remitirá a Unión de Mutuas a traves del sistema DELT@ el Parte de Accidente de Trabajo dentro de los cinco días hábiles
1 Acude a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesional de tu empresa, NO a tu médico del sistema público de salud (médico de cabecera o de
CONTACTOABOGADOS. A LA MUTUA [NOMBRE_MUTUA ] DIRECCIÓN PROVINCIAL DE [PROVINCIA] D. /Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] mayor de edad, con DNI [NUMERO_TRABAJADOR], con domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO_TRABAJADOR], ante la Mutua [NOMBRE_MUTUA] comparece y, como
️UNIÓNDE MUTUAS; Qué hacer si la empresa no tiene Mutua. Cuando una empresa no está afiliada a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades El empleado debe acudir a la Inspección del Trabajo más cercana a su domicilio y denunciar la anomalía, presentada en la empresa. O en otro caso asistir al Instituto Nacional de
Requisitos En primer lugar, el daño sufrido por la persona trabajadora debe de ser como consecuencia directa o indirecta del trabajo. En otras palabras, si no fuera necesario acudir a trabajar, seguramente el accidente o dolencia no se hubiera producido. En segundo lugar, y en consonancia con el primer requisito, debe existir un nexo causal
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